viernes, 26 de noviembre de 2010

¿QUIEN PAGARÁ ESTO?

Que cada uno construya donde quiera y como quiera, de forma ilegal, y que ahora con el tiempo se dé cuenta de que puede legalizar una obra que en su día ya fue denunciada, es fácil; esperamos a tiempos electorales y aprovechamos la campaña de los dos grandes para venderles nuestro voto.

Según lo dispuesto en el art. 14.2 de la Ley Estatal 6/98, los propietarios de un suelo que esté clasificado como urbano no consolidado tendrán que cumplir los siguientes deberes:

a) Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración todo el suelo necesario para los viales, espacios libres, zonas verdes y dotaciones públicas de carácter local al servicio del ámbito de desarrollo en el que sus terrenos resulten incluidos.

b) Ceder obligatoria y gratuitamente el suelo necesario para la ejecución de los sistemas generales que el planeamiento general, que en su caso, incluya en el ámbito correspondiente, a efectos de su gestión.

c) Ceder obligatoria y gratuitamente a la Administración actuante el suelo correspondiente al 10 por 100 del aprovechamiento del correspondiente ámbito; este porcentaje, que tiene carácter de máximo, podrá ser reducido por la legislación urbanística. Así mismo, esta legislación podrá reducir la participación de la Administración actuante en las cargas de urbanización que correspondan a dicho suelo.

d) Proceder a la distribución equitativa de los beneficios y las cargas derivados del planeamiento, con anterioridad al inicio de la ejecución material del mismo

Deberes que no tienen que cumplir cuando el suelo es urbano consolidado, como cualquier vivienda en Jaén capital que lleva más de 20 años pagando contribución (algo no que hacen la mayoría de las viviendas incluidas en este plan) y otros impuestos, así como durante su construcción permisos de obras……

Las diferencias entre el suelo urbanizable consolidado y el no consolidado son importantes, por ejemplo mientras que en el consolidado se parte de que los suelos incluidos en esa categoría son ya solares y, por tanto, no tienen que hacer obra de urbanización ni cesiones para edificar, los suelos incluidos en suelo urbano no consolidado tienen obligación de cesión gratuita y de urbanizar el viario que les corresponda o las zonas verdes, según lo que diga el plan, además tienen que ceder el 10 % del aprovechamiento que se le dé al propietario, por ejemplo si uno puede construir 500 m² en su parcela, en suelo urbano no consolidado tiene que ceder al Ayuntamiento 50 m² bien en terreno urbanizado para algún equipamiento, bien en dinero valorando previamente el precio de esos 50 m². En definitiva el suelo urbano no consolidado es una herramienta que tiene el Ayuntamiento para obtener zonas urbanizadas gratuitamente además de obtener también gratuitamente equipamientos para el pueblo.

Con el crecimiento de esta zona se necesita la implantación de servicios básicos (luz, alcantarillado, recogida de basura, red de agua), así como de un servicio de atención sanitaria cercano, un transporte ubano, mejoras de tráfico, etc. y más atención por parte del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento tendría que elaborar un Plan global para la zona, teniendo en cuenta y contemplando las numerosas y diferentes situaciones que se han creado a lo largo del tiempo y, sobre todo, derechos que tienen los ciudadanos que habitan en la zona, pero claro, entonces llegarían las elecciones y tendrían promesas incumplidas, tanto por parte de PP como de PSOE y esto restaría los 5000 votos indispensables para seguir estafando a Jaén.

2 comentarios:

  1. ¿les habran dicho a sus votantes que Andalucía es la única comunidad autónoma que posee un REGLAMENTO DE DISCIPLINA URBANISTICA?
    Que entró en vigor el 7 de mayo de 2010 y en su art. 2 dice:
    "La disciplina urbanistica se desarrollará de acuerdo con los principios de legalidad, intervención preventiva, oficialidad,celeridad,eficacia, planificación,programación y congruencia."

    Lo de principios de legalidad y congruencia no se lo han leido muy bien creo yo

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  2. ¿Le habrán dicho a algunos del CDS, que la Manseguilla por ejemplo era zona no urbanizable y que se ha hecho lo que a cada uno le ha dado la gana?....¿De qué disciplina urbanística hablas?. Como dicie el refrán habló de puta la Calderona

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